ACA ENTRE NOS.-EL MANEJO TENDENCIOSO DE LA INFORMACION JURIDICA DISTORSIONA LA REALIDAD.-POR JAVIER AGUILAR DUARTE

FOTO JAVIER 1En materia de comunicación y manejo de la información en nuestro país vivimos un grave problema de distorsión de la realidad.

Porque me atrevo a hacer esta, que pudiera sonar a temeraria afirmación, simple y sencillamente porque ese es el pan nuestro de cada día en todos los medios de comunicación electrónicos y escritos.

Invariablemente, en este país, quienes tienen en sus manos un micrófono o una pluma se convierten en jueces en el manejo distorsionado de los acontecimientos sociales.

Esto significa que le dan a las personas que se ven involucradas voluntaria o involuntariamente en algún hecho que tenga que ver con la ley, de ipso facto, la categoría de culpables.

De ese tamaño creo que a sido la pifia en el manejo de la información que hizo Carmen Aristegui acerca del amparo que “supuestamente” le habían otorgado a Norma Madero, directora de luces del siglo en contra del gobernador del estado Roberto Borge Angulo, sin meterme a defender a ninguno de los bandos en conflicto, solamente quiero hacer el análisis desde la perspectiva legal y la inadecuada manera de manejar la nota.

al parecer, la conductora -prestigiada y reconocida eso si-Carmen Aristegui, dio por un hecho el que un juez de distrito le haya otorgado una “suspensión provisional” a favor de la quejosa norma madero para que cesen en su contra todos los actos que afirmo cometió el gobernador del estado. ahora bien lo que parece desconocer o desconoce la connotada periodista es que en materia de amparo, la ley señala que al momento de presentarse una solicitud de amparo que ponga en peligro la vida, la seguridad, etc., de manera inmediata se otorga una suspensión provisional que tiene como propósito el salvaguardar las garantías individuales del quejoso en tanto se investiga el asunto.

Una vez otorgada la suspensión provisional, el juzgado de distrito lo que hace es que le pide a las autoridades contra las que se otorgo el amparo que rindan un informe justificado sobre los hechos que se les imputan y así mismo, el quejoso, esto es, el que solicito el amparo, en este caso, Norma Madero, debió de ofrecer todas las pruebas que demuestren que efectivamente se estaban cometiendo en su contra actos de autoridad que ameritasen el otorgamiento de la protección definitiva de la justicia federal.

ahora bien, como puede observarse en el caso a estudio, la autoridad estatal al rendir su informe, quiero suponer, por lógica, que negó los hechos que se le imputaron y que entre otras cosas fueron la clonación de la revista luces del siglo.

Aquí en este caso, la autoridad federal entonces recibe el informe de la autoridad contra la que se presento el amparo, recibe las pruebas de la parte quejosa, esto es, Norma Madero y cita a una audiencia constitucional para dictar una sentencia en la cual se niega o se otorga el amparo definitivo.

Otorgarle el amparo definitivo a la quejosa hubiera significado que si era cierto lo que esta argumento en su demanda de amparo, la otra posibilidad era, como sucedió, negarle la suspensión definitiva porque no logro demostrar que fueran ciertos los hechos que le atribuyo a la autoridad contra la que se quejo.

El problema de fondo como decía al principio de mi columna es el manejo tendencioso o por desconocimiento que se le dio a la información por parte de Aristegui y todos los que la replicaron, ya que de periodistas se erigieron en juzgadores.

Ahora el riesgo es para los comunicadores que no tengan el cuidado suficiente en el manejo correcto de la información porque incluso pueden ser demandados por daño moral, creo que es importante informarse bien antes de dar algo por cierto cuando el resultado depende de un juicio y de una autoridad, porque si no corremos el riesgo de quedar como unos mentirosos,

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